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viernes, 12 de enero de 2018

Gaceta Oficial N° 41.293 de fecha 5 de diciembre de 2017, fue publicado el Decreto N° 3.185. Exoneracion por 32.000 Unidades Tributarias

En la Gaceta Oficial N° 41.293 de fecha 5 de diciembre de 2017, fue publicado el Decreto N° 3.185 de la Presidencia de la República, mediante el cual se contempla una exoneración para el pago del impuesto sobre la renta, en el enriquecimiento neto anual de fuente territorial obtenido por las personas naturales residentes en el país, hasta por un monto en Bolívares equivalente a treinta y dos mil unidades tributarias (32.000 U.T.).
Siendo su contenido el siguiente: 
DECRETO
Articulo 1°. Se exonera del pago del impuesto sobre la renta, el enriquecimiento neto anual de fuente territorial obtenido por las personas naturales residentes en el país, hasta por un monto en Bolívares equivalente a treinta y dos mil unidades tributarias (32.000 U.T.).
Las personas naturales residentes en el país están obligadas a declarar y pagar el impuesto sobre la renta respecto de la porción de enriquecimiento neto anual de fuente territorial que supere el monto en Bolívares indicado en el encabezamiento de este articulo.
Articulo 2°. La exoneración prevista en este Decreto se aplicará respecto de los enriquecimientos netos anuales de fuente territorial, obtenidos por las personas naturales residentes en el país durante el ejercicio fiscal 2017.
Articulo 3°. La exoneración a que se refiere este Decreto, no aplicará a los contribuyentes que presenten la declaración definitiva de rentas fuera de los plazos establecidos en las normas tributarias.
Articulo 4°. El Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas queda encargado de la ejecución de este Decreto.
Articulo 5°. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.


martes, 29 de marzo de 2016

Decreto 2287 de exoneracion del Impuesto sobre la Renta, en este caso para los enriquecimientos provenientes de actividades agricolas, forestales, pecuarias, avicolas, pesqueras, acuiculos y piscicolas.

Decreto N° 2.287 publica en la Gaceta Oficial N° 40873 del 28 de marzo del 2016 , mediante el cual el Presidente de la Republica exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta, los enriquecimientos netos de fuente venezolana provenientes de la explotación primaria de las actividades agrícolas, forestales, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas y piscícolas, obtenidos por personas naturales, por personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, residentes en el país.

El presente decreto, esta motivado a proteger al productor e incentivar al sector agropecuario del Pais, en vista de que el Decreto 285 el cual protegía  este sector perdió la vigencia el 31 de diciembre del 2015.

El articulo 3 del Decreto 2.287 establece los parametros para reputar como explotación primaria la actividad de esta manera:


A los efectos del decreto se consideran explotaciones primarias, aparte de la simple produccion de frutos, productos o bienes que se obtengan de la naturaleza (que estos no se sometan a transformación), los siguientes:   

En Decreto N° 2284: alicuota del 0% para el pago de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras efectuadas en la cuentas bancarias de fondos de bonos de alimentación (cestatickets)


En la Gaceta Oficial N° 40872 del 18 de marzo del 2016, se publica el Decreto Presidencial N° 2.284, en el cual se establece una alícuota de 0% para el pago del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, por los debitos efectuados en las cuentas bancarias pertenecientes a los establecimientos especializados en la administración y gestión de beneficios sociales, destinados a la transferencia de fondos de los cestatickets de alimentación socialista a los trabajadores y trabajadoras. Ello motivado en no afectar el beneficio del "Bono de Alimentación" por el Impuesto recientemente creado.

Si bien el decreto es bastante corto, es muy especifico a quienes va dirigido en especial con respecto al sujeto pasivo de la relación tributaria quienes son los Establecimientos especializados en la administración y gestión de beneficios sociales destinados a la transferencia de fondos de bonos de alimentación. Teniendo estos establecimientos que crear cuentas bancarias exclusivas para realizar este tipo de operaciones.


sábado, 19 de marzo de 2016

El 21, 22 y 23 de marzo del 2016 decretados dias no laborables por Decreto Presidencial (Dias Feriados)

El Presidente de la República a través del Decreto N° 2.276, publicado en Gaceta Oficial N° 40.868
declara días no laborables y, por tanto, considerados como feriados a los efectos de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, los días 21, 22 y 23 de marzo de año 2016.

Si desea leer la Gaceta Oficial N° 40868 ingrese a la siguiente dirección: web http://historico.tsj.gob.ve/gaceta/marzo/1432016/1432016-4531.pdf#page=15

martes, 15 de marzo de 2016

Nueva escala salarial para la Administracion Publica. Decreto N° 2.274 en Gaceta Oficial N° 40.867 del 11 de marzo del 2016

El Presidente de la República a través del Decreto N° 2.274 , publicado en Gaceta Oficial N° 40.867 del 11 de marzo del 2016, ha aumentado el salario de los funcionario y empleados públicos; quedando conforme a la siguiente escala salarial:

(la calidad de la imagen es por defectos en la Gaceta Oficial)

Si quiere leer la Gaceta Oficial N° 40.867 use este enlace:
http://historico.tsj.gob.ve/gaceta/marzo/1132016/1132016-4530.pdf#page=6

lunes, 14 de marzo de 2016

A la espera de la adecuacion del sistema del SENIAT luego del Decreto 2.266.

Luego de que el Presidente de la República, según Decreto 2.266, exonerara el pago del Impuesto sobre la Renta a las personas naturales por la cantidad en bolívares correspondientes a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T), hemos estado todos esperando que el SENIAT adecue (actualice) el sistema en linea para realizar las declaraciones y poder aplicar la respectiva exoneracion. Al día de hoy catorce (14) de marzo, no existe aun tal adecuación, por lo que, nos comunicamos con funcionarios de atención al publico del SENIAT para que nos orientaran al respecto; quienes manifestaron que se están haciendo los trabajos necesarios para lograr el mencionado fin. 

Por los momentos estaremos a la espera, e informaremos, cuando funcionara el sistema de forma adecuada.

jueves, 10 de marzo de 2016

Gaceta Oficial 40864, Decreto 2.266. Presidente Maduro, exonero el Impuesto sobre la renta a las personas naturales que hayan tenido ingresos netos hasta 3.000 Unidades Tributarias.

El Presidente de la República, Nicolas Maduro, anuncio que a traves de Decreto 2.266 , publicado en Gaceta Oficial del 8 de marzo del 2016, exonero del pago del Impuesto sobre la Renta(ISLR) a las personas naturales que hayan tenido un enriquecimiento neto menor a tres mil unidades tributarias (3.000 UT); la Ley de impuesto sobre la Renta contempla que quienes tengan mil o mas unidades tributarias (1.000 UT) de ingreso neto deben declarar el Impuesto sobre la Renta.

El Articulo 1 del Decreto 2.266 , establece que "Se exonera del pago del impuesto sobre la renta el enriquecimiento neto anual de fuente territorial obtenido por las personas naturales residentes en el país hasta por un monto en bolívares equivalente a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.).

De igual forma el único aparte de este articulo contempla que "las personas naturales residentes en el pais establece que "las personas naturales residentes en el país están obligadas a declarar y pagar el impuesto sobre la renta, respecto de la porción de enriquecimiento neto anual de fuente territorial que supere el monto en bolívares indicado en el encabezamiento de este articulo"

Recordemos que la unidad tributaria para el periodo 2015 equivalía a 150 bs, por lo que la exoneración de tres mil unidades tributarias para este periodo equivale a 450.000 Bs. por lo que esta cantidad estará exonerada del pago, y se efectuara solo por la diferencia que exceda este monto. ¿Debe o no pagar el impuesto sobre la renta?, dependerá del enriquecimiento anual que haya percibido en el año 2015.


Si quieres leer el Decreto 2.266 sobre la exoneracion del impuesto sobre la renta a personas naturales , publicado en Gaceta Oficial N° 40864 del 8 de marzo del 2016  te dejamos el enlace directo de la gaceta.

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