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viernes, 12 de enero de 2018

Gaceta Oficial N° 41.293 de fecha 5 de diciembre de 2017, fue publicado el Decreto N° 3.185. Exoneracion por 32.000 Unidades Tributarias

En la Gaceta Oficial N° 41.293 de fecha 5 de diciembre de 2017, fue publicado el Decreto N° 3.185 de la Presidencia de la República, mediante el cual se contempla una exoneración para el pago del impuesto sobre la renta, en el enriquecimiento neto anual de fuente territorial obtenido por las personas naturales residentes en el país, hasta por un monto en Bolívares equivalente a treinta y dos mil unidades tributarias (32.000 U.T.).
Siendo su contenido el siguiente: 
DECRETO
Articulo 1°. Se exonera del pago del impuesto sobre la renta, el enriquecimiento neto anual de fuente territorial obtenido por las personas naturales residentes en el país, hasta por un monto en Bolívares equivalente a treinta y dos mil unidades tributarias (32.000 U.T.).
Las personas naturales residentes en el país están obligadas a declarar y pagar el impuesto sobre la renta respecto de la porción de enriquecimiento neto anual de fuente territorial que supere el monto en Bolívares indicado en el encabezamiento de este articulo.
Articulo 2°. La exoneración prevista en este Decreto se aplicará respecto de los enriquecimientos netos anuales de fuente territorial, obtenidos por las personas naturales residentes en el país durante el ejercicio fiscal 2017.
Articulo 3°. La exoneración a que se refiere este Decreto, no aplicará a los contribuyentes que presenten la declaración definitiva de rentas fuera de los plazos establecidos en las normas tributarias.
Articulo 4°. El Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas queda encargado de la ejecución de este Decreto.
Articulo 5°. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.


sábado, 12 de marzo de 2016

¿Que sucede si ya declare y pague el Islr? Decreto 2.266 Exoneracion del Impuesto sobre la Renta

El Presidente de la República, Nicolas Maduro, anuncio que a traves de Decreto 2.266 , publicado en Gaceta Oficial del 8 de marzo del 2016, exonero del pago del Impuesto sobre la Renta(ISLR) a las personas naturales que hayan tenido un enriquecimiento neto menor a tres mil unidades tributarias (3.000 UT); la Ley de impuesto sobre la Renta contempla que quienes tengan mil o mas unidades tributarias (1.000 UT) de ingreso neto deben declarar el Impuesto sobre la Renta.

Ahora bien, ¿que sucede con las personas que ya hayan pagado el impuesto?, existen muchas personas naturales que realizan la declaración y pago del impuesto mucho antes de marzo, fecha limite del pago para quienes usan el año calendario, como año fiscal; estas personas también serán beneficiadas del Decreto 2.266, en su caso, el pago realizado sera considerado como un pago en exceso para los próximos periodos, por lo que lo pagado  podrán ser usado para compensar los créditos y así pagar el impuesto.

Eso quiere decir que si un beneficado del Decreto 2.266 pago 20.000,00 Bs de Impuesto sobre la Renta y no debía pagar nada, en el próximo periodo (2016), podra usar estos 20.000,00 Bs para compensarlos en el pago del Impuesto.

Si quieres saber mas del Decreto 2.266 en el cual se exonero del impuesto sobre la renta a personas naturales por una cantidad equivalente en Bolivares de tres mil unidades tributarias ( 3.000 UT) lea este pequeño articulo en el siguiente enlace:

 http://derechoweb.blogspot.com/2016/03/gaceta-oficial-40864-decreto-2266.html

jueves, 10 de marzo de 2016

Gaceta Oficial 40864, Decreto 2.266. Presidente Maduro, exonero el Impuesto sobre la renta a las personas naturales que hayan tenido ingresos netos hasta 3.000 Unidades Tributarias.

El Presidente de la República, Nicolas Maduro, anuncio que a traves de Decreto 2.266 , publicado en Gaceta Oficial del 8 de marzo del 2016, exonero del pago del Impuesto sobre la Renta(ISLR) a las personas naturales que hayan tenido un enriquecimiento neto menor a tres mil unidades tributarias (3.000 UT); la Ley de impuesto sobre la Renta contempla que quienes tengan mil o mas unidades tributarias (1.000 UT) de ingreso neto deben declarar el Impuesto sobre la Renta.

El Articulo 1 del Decreto 2.266 , establece que "Se exonera del pago del impuesto sobre la renta el enriquecimiento neto anual de fuente territorial obtenido por las personas naturales residentes en el país hasta por un monto en bolívares equivalente a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.).

De igual forma el único aparte de este articulo contempla que "las personas naturales residentes en el pais establece que "las personas naturales residentes en el país están obligadas a declarar y pagar el impuesto sobre la renta, respecto de la porción de enriquecimiento neto anual de fuente territorial que supere el monto en bolívares indicado en el encabezamiento de este articulo"

Recordemos que la unidad tributaria para el periodo 2015 equivalía a 150 bs, por lo que la exoneración de tres mil unidades tributarias para este periodo equivale a 450.000 Bs. por lo que esta cantidad estará exonerada del pago, y se efectuara solo por la diferencia que exceda este monto. ¿Debe o no pagar el impuesto sobre la renta?, dependerá del enriquecimiento anual que haya percibido en el año 2015.


Si quieres leer el Decreto 2.266 sobre la exoneracion del impuesto sobre la renta a personas naturales , publicado en Gaceta Oficial N° 40864 del 8 de marzo del 2016  te dejamos el enlace directo de la gaceta.

miércoles, 9 de marzo de 2016

Decreto 2.266. Presidente Maduro, exonero el Impuesto sobre la renta a las personas naturales que hayan tenido ingresos netos hasta 3.000 Unidades Tributarias.

El Presidente de la República, Nicolas Maduro, anuncio que a traves de Decreto 2.266, publicado en Gaceta Oficial del 8 de marzo del 2016, exonero del pago del Impuesto sobre la Renta(ISLR) a las personas naturales que hayan tenido un enriquecimiento neto menor a tres mil unidades tributarias (3.000 UT); la Ley de impuesto sobre la Renta contempla que quienes tengan mil o mas unidades tributarias (1.000 UT) de ingreso neto deben declarar el Impuesto sobre la Renta, esta  medida que tomo según su anuncio, estuvo motivada para proteger a los trabajadores que tuviesen una remuneración inferior a cincuenta mil bolívares (50.000 Bs) mensuales. Medida que tendrá efecto retroactivo al periodo 2015, siendo este el correspondiente a declarar y pagar hasta el 31 de marzo del presente año 2016.

Lo que significa esto, es que solo quienes hayan superado los 450.000 Bs (y no los 150.000 Bs que se encontraban vigentes) en sus  ingresos netos del 2015 están obligados a pagar el Impuesto Sobre la Renta, dado que la Unidad Tributaria para este periodo fue de 150 Bs.

Esta medida parece ser adecuada, dada la situación difícil a nivel económico que esta presentandose en Venezuela, y la imposibilidad de muchas personas naturales a cumplir con esta obligación tributaria.


Si quieres leer el Decreto 2.266, publicado en Gaceta Oficial N° 40864 del 8 de marzo del 2016  te dejamos el enlace directo de la gaceta.

 http://historico.tsj.gob.ve/gaceta/marzo/832016/832016-4526.pdf#page=1

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