Breve análisis de la obra: Vigilar y Castigar: el nacimiento de la prisión
de Michel Foucault
Abg. Rita
Lozada de Tarazona,
Esp. Miguel
Tarazona Vélez,
Abg. José
Luis Colmenarez Pérez,
El
Cambio de Paradigma Respecto al Castigo.
Michel
Foucault en su obra Vigilar y Castigar presenta de forma extensa el
origen de la prisión como castigo por excelencia del sistema penal
moderno, mediante un análisis comparativo, histórico, filosófico y
jurídico, entre lo que era la antigua práctica penal ejercida en la
edad media, y las nuevas prácticas, surgidas de las diversas
reformas que se presentaron al inicio del siglo XVIII que dieron
origen a los modelos actuales.
El autor,
comienza enfatizando lo que constituyen las principales diferencias
de ambos regímenes, el antiguo y el moderno; presentando por un
lado, al antiguo régimen, el cual se caracterizaba por la atrocidad
de sus penas, por los suplicios infringidos a los criminales, y por
sus aspectos ritualistas y casi teatrales del castigo; y por el otro,
las nuevas prácticas, que se oponen, casi por completo a estas
características; resaltando como el cambio más significativo, la
atenuación y desaparición, en sus prácticas punitivas, a los
suplicios del cuerpo.
Pero este
cambio tan significativo, como lo es la desaparición de los
suplicios del cuerpo, no solo consistió en reducir la crueldad y
sufrimiento del condenado, en humanizar las penas, sino que implicó,
el desplazar la operación punitiva, del cuerpo del criminal a su
alma, de castigos atroces infringidos al cuerpo del criminal, a la
intención de corregir y transformar su alma.
Sin
embargo, para el autor, el cambio de paradigma no surgió de forma
espontanea, sino que fue, por una parte, el resultado de protestas,
inconformidades y solicitudes de diversos miembros de la sociedad por
obtener penas más moderadas y proporcionadas a los delitos, debido
especialmente a que los suplicios, que tenían como uno de sus
objetivos, aparte de la venganza del soberano, el ejemplificar, se
habían hecho intolerables, y en muchos casos, se obtenía de ellos,
resultados muy distintos a los esperados, como lo eran: la
veneración, por parte del pueblo, de los condenados, o aun peor,
revueltas y rebeliones para evitar su ejecución. Los suplicios,
representaban manifestaciones de crueldad, excesos y tiranía. Y por
otro lado, además de existir la necesidad de luchar contra el
sobrepoder, excesivo e ilimitado del soberano, era necesario también
luchar contra el infrapoder de los ilegalismos, los cuales habían
sido conquistados y tolerados por el pueblo para esas épocas.
Es
por ello, que era una necesidad, el instaurar, no solo un sistema más
humano, en lo que respecta al castigo, sino un sistema que limitara
el poder de castigar, en el cual se establecieran penas concretas
para delitos concretos, atendiendo también a las particularidades de
los criminales, un sistema más universal, en el que desaparecieran
las distinciones propias del “Antiguo Régimen” en el que “…
los diferentes estratos sociales tenían cada cual su margen de
ilegalismo tolerado.” (Foucault, 2002), que además generaban
dificultades para determinar las fronteras de lo tolerado y lo
ilegal. Y para ello, era necesaria la presencia de un juez justo, el
cual tuviera limites en su actuar y en su poder para castigar; y
leyes claras, constantes, precisas y a disposición del pueblo, que
le permitieran conocer lo que se considera un delito, y a qué
atenerse en el caso de cometer alguno. Y por lo tanto:
Se hace
necesario un código (…) lo suficientemente preciso para que cada
tipo de infracción pueda estar en él claramente presente. (…) un
código exhaustivo y explícito, que defina los delitos y fije las
penas.
Y
si bien, con la instauración del nuevo régimen se esperaba la
creación de tantas penas fueran necesarias por la diversidad de
delitos que tuvieran como fin el evitar la reincidencia, dejando,
inicialmente, a un lado la idea de un castigo único, las penas
restrictivas de la libertad surgen como la respuesta a casi la
mayoría de ellos. Por lo que como lo manifestó Chabroud, “Me
parece estar viendo un médico que para todos los males tiene el
mismo remedio” (Chabroud, xxvi, citado en Foucault, 2002). Causando
muchas críticas, debido en parte, por la incapacidad, de la prisión,
de responder a la especificidad de los delitos, y porque se considera
inútil a la sociedad, costosa, difícil de controlar, además de
existir la posibilidad de exponer a los privados de libertad a la
ociosidad, a la multiplicidad de los vicios, y a la arbitrariedad de
sus guardianes. (Mably, 1789, citado en Foucault, 2002).
Los
procedimientos disciplinarios y la prisión.
En vista de
que, gracias a las reformas que iniciaron en el siglo XVIII, la
prisión se convierte en el castigo por excelencia, nace la necesidad
de mantener bajo vigilancia y control estos establecimientos, por lo
que surgen diversas ideas del cómo manejar dichos establecimientos,
es por ello que para Foucault, la disciplina toma un papel
fundamental en el funcionamiento de los mismos, ello dado a que, por
muchos años habían existido conventos y ejércitos en los cuales se
practicaba generando resultados satisfactorios, por lo tanto se toma
de estos lugares, las formulas necesarias para lograr la dominación
de la población privada de libertad, convirtiendo a la disciplina
como una fórmula para corregir las conductas de los criminales, una
fábrica de nuevos individuos.
Y es debido, a
la capacidad probada de los procedimientos disciplinarios, de
moldear, corregir, encauzar conductas, que la misma se convierte en
una herramienta inseparable de establecimientos donde se ejecuta la
prisión. Y es que que la disciplina, de la que habla Foucault,
implica que cuando el custodio, el maestro, el jefe, le dé una
orden al privado de libertad, estudiante, obrero, este último no la
analice, sino que reaccione al punto, de acuerdo con un código. “Se
trata de situar los cuerpos en un pequeño mundo de señales a cada
una de las cuales está adscrita una respuesta obligada.”.
Y para
encauzar la conducta, las prisiones, así como otros establecimientos
(colegios, cuarteles, conventos) requirieren una “infra-penalidad”,
la cual se materializa, a través de reglamentos, los cuales se
encargan de llenar los vacios de las leyes, calificando y reprimiendo
un conjunto de conductas necesarias para el buen funcionamiento del
establecimiento, implementando la disciplina entre los privados de
libertad, y a su vez, logrando hacer “penables las fracciones más
pequeñas de la conducta y de dar función punitivas a los elementos
en apariencia indiferentes del aparato disciplinario.” (Foucault,
2002), siendo su objetivo el reducir los comportamientos desviados.
Por
otro lado, la necesidad del ejercicio de la disciplina “…supone
un dispositivo que coacciona por el juego de la mirada; un aparato en
el que las técnicas que permiten ver inducen efectos de poder y
donde, de rechazo, los medios de coerción hacen claramente visibles
aquellos sobre quienes se aplican.” (Foucault, 2002).
De esta
necesidad surge, la arquitectura para vigilar, la cual permita el
control de quienes están bajo el sistema de disciplina, bajo la
privación de libertad, arquitectura que serviría para el fin último
del castigo: la transformación de los individuos. Ello debido a que
las prisiones, no solo constituyen el lugar de reclusión de los
condenados, sino también, instituciones de control de la conducta,
en las cuales se registra y encauza la misma. Es de allí de donde se
desarrolla el modelo Panóptico, como una de sus expresiones más
representativas. Para Foucault, el modelo Panóptico de Betham, es la
figura arquitectónica en la que se invierten las funciones del
calabozo, conservando solo la función de encerrar, pero suprimiendo,
las otras funciones del mismo, como lo son: la privación de la luz y
la de ocultar. Para el Panóptico, la visibilidad garantiza el orden.
Sin
embargo, para Foucault, el delincuente, es el resultado, entre otros
factores, del fracaso de todas las instituciones dirigidas a encauzar
la conducta de los “anormales”, de un encarcelamiento, que la
prisión no hace más que prolongarla. Para Foucault:
La prisión
no es sino la continuación natural, nada más que un grado superior
de esa jerarquía recorrida paso a paso. El delincuente es un
producto de institución, Es inútil por consiguiente de que en un
proporción considerable, la biografía de los condenados pases por
todos estos mecanismos y establecimientos de los que fingimos creer
estaban destinados a evitar la prisión. (Foucault,
2002)
Y
es, por ello que Foucault, vincula a la prisión, con otros métodos
carcelarios, que aunque parecieran estar destinados a aliviar, son
todos mecanismos de poder destinados a la normalización. Por lo que,
considera de mayor importancia, para la actualidad, el comprender el
papel que los dispositivos de normalización, que se encuentran en
todos los aspectos y lugares de la sociedad, a través de los “jueces
de normalidad”. “Nos encontramos en compañía del profesor-juez,
del médico-juez, del educador-juez; todos hacen reinar la
universalidad de lo normativo, y cada cual en el punto que se
encuentre le somete el cuerpo, los gestos, los comportamientos, las
conductas, las actitudes, las proezas.” (Foucault, 2002)
BIBLIOGRAFÍA
Foucault,
Michel (2002). Vigilar
y castigar: nacimiento de la prisión. Traductor
Aurelio Garzón del Camino. Siglo XXI Editores Argentina.
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