CIUDADANO:
REGISTRADOR MERCANTIL DE...
SU DESPACHO.-
Nosotros: , de Nacionalidad , soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° de Nacionalidad , Soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, de Nacionalidad , Casada, mayor de edad, titular de la cedula de identidad, de Nacionalidad , Soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad de este domicilio, hemos convenido en constituir como en efecto lo hacemos, mediante este documento el cual ha sido redactado en forma suficientemente amplia para que sirva a su vez de ESTATUTOS SOCIALES y de ACTA CONSTITUTIVA de una Compañía Anónima, la cual se regirá por las cláusulas siguientes:
REGISTRADOR MERCANTIL DE...
SU DESPACHO.-
Yo de nacionalidad venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad . Debidamente autorizado en este acto por la Empresa Ante usted con el debido respeto y acatamiento ocurro para presentarle el acta constitutiva, documento por el cual se constituye la Compañía, la cual ha sido redactada con suficiente amplitud para que sirva de Estatutos Sociales de la misma. Ruego a usted que una vez cumplidos con los requisitos legales se sirva ordenar la inscripción, fijación y registro, se abra el expediente de la compañía y se me expida una (01) copia certificada a los fines de dar cumplimiento del Artículo 215 del Código de comercio y demás actos de Ley.-
Es justicia que espero , a la fecha de su presentación.
TITULO I
DENOMINACIÓN, DOMICILIO OBJETO Y DURACIÓN
CLAUSULA PRIMERA:La compañía se denominará:
CLAUSULA SEGUNDA: La compañía tendrá su domicilio del Estado Zulia.
CLAUSULA TERCERA: El Objeto de la Compañía es la elaboración de todo tipo de productos de pastelería y dulces como lo pueden ser: ponques, galletas, pasteles, tartas, tortas, pastas, bizcochos, churros, buñuelos, empanadas, bollos y pan de todas las clases. De igual forma se dedicará a la comercialización y venta de los mismos y todo lo relacionado con la pastelería y en general toda actividad de licito comercio que le sea conexa.
CLAUSULA CUARTA:La duración de la compañía será de sesenta años (60) años, contados a partir de la fecha de Registro de la presente Acta Constitutiva y podrá prorrogarse o abreviarse si así lo decide la Asamblea de Accionistas.
TITULO II
CAPITAL Y ACCIONES
CLAUSULA QUINTA: El capital de la compañía será de OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (800.000,00 Bs). El cual está representado en ochocientas (800) acciones de MIL BOLÍVARES (1000,00 Bs.) cada una. Este capital ha sido totalmente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente manera: suscribió DOSCIENTOS CINCUENTA (250) ACCIONES por un valor nominal de Mil Bolívares(1000,00 Bs) cada una, para un total DE DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES (250.000,00 Bs.), la Accionista suscribió CIENTO CINCUENTA (150) ACCIONES por un valor nominal de Mil bolívares (1000,00 Bs.) cada una, para un total de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (150.000,00 Bs), la Accionista suscribió CIENTO CINCUENTA (150) ACCIONES por un valor nominal de Mil bolívares (1000,00 Bs.) cada una para un total de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (150.000,00 Bs) y el Accionista suscribió CIENTO CINCUENTA (150) ACCIONES por un valor nominal de Mil bolívares (1000,00 Bs.) cada una, para un total de CIENTO CINCUENTA MIL BOLÍVARES (150.000,00 Bs). El capital ha sido totalmente suscrito y pagado por los accionistas con el aporte de bienes según se evidencia en inventario físico que se anexa en esta Acta Constitutiva. CLAUSULA SEXTA: Las acciones son indivisibles y cada una de ellas concede a su propietario el derecho de (1) un voto en la Asamblea de Accionistas. Los Accionistas tienen derecho preferencia reciproco y proporcional para adquirir las acciones que se vayan a vender o cederle plazo para el ejercicio del derecho preferente es de treinta (30) días consecutivos contados a partir de la fecha de la oferta. CLAUSULA SÉPTIMA: En caso de que un accionista quiera vender sus acciones o en el caso que se emitan nuevas acciones; los actuales accionistas tendrán derecho preferente para adquirirlas. Este derecho de preferencia regirá incluso en caso de venta de acciones, decisión o sentencia judicial, la junta Directiva determinará el procedimiento a seguir para que el derecho de preferencia sea aplicable a todos los accionistas en proporción a las acciones que posean con anterioridad. El derecho de preferencia podrá ser objeto de la renuncia parcial o total.
TITULO III
DE LA ADMINISTRACIÓN
CLAUSULA OCTAVA:La compañía será administrada por una Junta Directiva formada por un Presidente, un Vicepresidente y Secretario Ejecutivo; serán elegidos por la Asamblea General de Accionistas por un periodo de diez (5) años pudiendo ser reelegido y continuar en su cargo, si así lo decide la Asamblea General de Accionistas. Los miembros de la Junta directiva tendrán firmas separadas y tendrán las mismas atribuciones que a continuación se mencionan: presidir las asambleas ordinarias o extraordinarias, convocar asambleas, representar a la compañía por ante cualquier organismo público o privado, dirigir toda clases de representaciones, peticiones o recursos a cualquier autoridad de la República, celebrar toda clase de contratos y transacciones por cuenta de la compañía, aperturar y manejar las cuentas bancarias, firmar cheques, abrir y cerrar cuentas corrientes y de ahorro, firmar, aceptar, endosar, avalar, descontar letras de cambio, solicitar y firmar pagarés bancarios y comerciales, conferir poderes, intentar y contestar demandas darse por citado o notificado por la compañía, hacer posturas en remate, intentar toda clase de recursos administrativos o judiciales, controlar y remover empleados y obreros, en fin, el Presidente, el Vicepresidente, y el Secretario tendrán las amplias facultades de Administración y disposición
CLAUSULA NOVENA: Los Miembros de la Junta Directiva se comprometen a depositar dos Acciones en la Caja Social como garantía de su gestión dando así cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 244 de Código de Comercio vigente
TITULO IV
DE LAS ASAMBLEAS
CLAUSULA DÉCIMA:La suprema autoridad y dirección de la compañía reside en la Asamblea General de Accionistas legalmente constituidas, bien sea Ordinaria o Extraordinaria, sus decisiones acordadas dentro de los límites de sus facultades legales y estatuarias son obligatorias para todos los Accionistas, inclusive para los que no hayan asistido a ella. La Asamblea Ordinaria de Accionistas se reunirá en el tercer trimestre de cada año, en el lugar, fecha y hora señalada previamente en la convocatoria, la cual debe hacerse de conformidad con el artículo 277 del Código de Comercio Vigente. La Asamblea Ordinaria de Accionistas tendrá las siguientes atribuciones: 1- Nombrar los Gerentes y fijar sus remuneraciones; 2- Discutir, aprobar, modificar o rechazar el balance actual; 3- Decretar conforme a las previsiones de este documento constitutivo los dividendos por utilidades recaudadas; 4- En General, deliberar y resolver sobre cualquier asunto o previa la concesión o autorización que pautan las normas judiciales correspondientes, incluyendo bienes recuperados por autoridades policiales o administrativas o militares, sometidos a su consideración; 5- Se considerará válidamente constituida una Asamblea de Accionistas cuando en una reunión este representada la totalidad del capital social. LAS ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS se celebraran cada vez que los accionistas lo consideren convenientes o así lo requiera el objeto social de la compañía. La asamblea extraordinaria de la compañía podrá excluirse el requisito de la previa convocatoria
TITULO V
EJERCICIO ECONÓMICO Y CUENTAS
CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA: El ejercicio económico de la compañía comenzara el día primero (1) de Enero de cada año y finalizará el día treinta y uno (31) de Diciembre de cada año, excepto en lo que se refiere al primer ejercicio económico, el cual dará inicio en la fecha de Registro del presente documento y terminara el 31 de Diciembre del 2018 y de los beneficios netos se deducirán: 1- El monto de lo que deberá pagar al impuesto sobre la renta; 2- Un Cinco por ciento (5%) para la formación de la reserva legal hasta llegar a un 20 % de capital social
TITULO VI
COMISARIO
CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA:La compañía tendrá un comisario elegido por la Asamblea General de Accionistas, durará (5) años en sus funciones pudiendo ser reelegido. El comisario tendrá las atribuciones y facultades que señala el Código de Comercio
TITULO VII
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
CLAUSULA DÉCIMA TERCERA: Se elige para el primer periodo como: PRESIDENTE: al Accionista:, antes identificado, como VICEPRESIDENTE:a la Accionista, ya identificada, como SECRETARIO EJECUTIVO:a el Accionista , ya identificado y como Comisario a la,Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad inscrita en el Colegio de Contadores Públicos del estado, bajo el . Se autoriza a el Ciudadano, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad , para que haga la correspondiente participación al Registro Mercantil, a los fines de su inscripción ante instituciones públicas y su publicación. En conformidad y aceptación firmamos los accionistas..
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