En esta ocasión les traigo el Contrato Privado entre el Real Madrid (Real Madrid Club de Futbol) y el jugador profesional Toni Kroos publicado por la pagina web https://footballleaks2015.wordpress.com/ , Veamos de que se trata el presente contrato, el cual no solo rige la relación de prestacion de servicios profesionales por parte del jugador al club de futbol, sino que regula la ceseion de los derechos de imagen entre otros aspectos interesantes, asi como obligaciones de hacer como de no hacer.
En esta primera pagina observamos algunas características fundamentales del contrato, como lo son, lugar y fecha de celebración, identificación de las partes, que en este caso el "Real Madrid" es representado por el Director General y el Director de Gabinete de Presidencia,quienes actúan en nombre del Real Madrid, usando las facultades otorgadas en poder; luego vemos tres puntos, en el cual las partes manifiestan su interés en celebrar el "CONTRATO DE TRABAJO DE DEPORTISTA PROFESIONAL";
En las primeras clausulas observamos los principales compromisos (obligaciones) del Jugador con el Club, como lo son: prestar sus servicios como jugador profesional al Primer Equipo del Real Madrid desde la temporada 2014-2015 hasta la 2019-2020; la obligacion de los documentos necesarios para darle cumplimiento al contrato (a la prestación de los servicios como jugador profesional de futbol), asi como suscribir el contrato con el modelo oficial de la RFEF (vimos el modelo, en la publicación anterior sobre James Rodriguez); luego en la "Clausula Segunda observamos la remuneración que recibirá el jugador por la prestación de sus servicios, y las condiciones aplicables a dicha remuneración, se observa dos tipos de "retribuciones", la primera la "Retribución Fija", habiendo recibido Toni Kroos en su primera temporada 11.320,755 euros la cual fue pagada en dos plazos, y la segunda la "Retribución Variable", la cual depende del cumplimiento de los objetivos deportivos, asi como por la nominación o la obtención del premio "FIFA WOORLD PLAYER" como se observa en la siguiente pagina;
La clausula tercera, establece una clausula penal, en el caso del incumplimiento del contrato o la resolucion por voluntad unilateral del jugador, debe indemnizar al Real Madrid por una cantidad de 300.000 millones de Euros. (Por lo que este es el valor de la clausula de rescisión)
En este contrato especificamente en la clausula 4, observamos que existe una cesión de derechos por parte del Jugador al Real Madrid, del cincuenta por ciento (50%) de los derechos de la imagen del jugador (reproducción de voz, imagen y nombre a efectos publicitarios, de patrocinio, y su reproducción en cualquier medio.) teniendo el Real Madrid derecho de explotar estos derechos por si mismo o por terceros. Pero la explotación de estos derechos en actos oficiales del Real Madrid (ruedas de prensa, audiencias, juegos) son exclusivos del Club (se establecen obligaciones del jugador al respecto). Un aspecto importante es que se establace que si en la explotación de los derechos de imagen se presentara una "discrepancia" entre el jugador y el club, el jugador debe seguir lo establecido por el club.
Se puede observar en el presente contrato la importancia que tiene la explotación de los derechos de imagen, dado que a traves de esta, se generan muchas ganancias, siendo el jugador una figura publica. Es importante resaltar que en la clausula 4.9 "queda exceptuada de la cesion de derechos de la imagen, el contrato referente a las botas (Adidas, Nike, etc),"
En las clausula 4.12 observamos los derechos que adquiere el Real Madrid sobre las redes sociales (facebook, blogs, twitter, youtube, etc) creadas por el jugador, estando el jugador obligado entre otras cosas a comentar y recomendar las publicaciones del Real Madrid, y a garantizar el acceso a los contenidos de dichas redes al club.
El contrato tambien regula los asuntos de salud del jugador, acordando que el Club pueda manejar los datos medicos, y la posibilidad de publicar o dar a conocer estos datos siempre y cuando sean pertinentes, adecuados y no excesivos en relacion al hecho que motive su difusion.
Se establecen como actividades "incompatibles con el objeto del presente contrato" por parte del jugador la participacion en actividades que impliquen riesgo de lesión del jugador (se exceptúan los compromisos federativos); que disminuyan los periodos de descanso fisico necesario para la actividad deportiva; prihibiendo el uso de motocicletas, practicar esqui, parapente, escalada, alpinismo sin autorización por parte del Real Madrid. (obligaciones de no hacer)
Por ultimo vemos que las partes se obligan a guardar reserva (confidencialidad) del contrato, solo de mutuo acuerdo pueden comunicar la existencia del documento.
Contrato Privado entre el Real Madrid (Real Madrid Club de Futbol) y el jugador profesional Toni Kroos
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